Preguntas Frecuentes

Libros de la Asociación Civil

¿Las Asociaciones Civiles deben llevar libros?

Las personas jurídicas deben llevar libros físicos. Esos libros deben estar numerados, tienen un trámite especial que se llama «rúbrica» consiste en que la autoridad de control les adhiere una oblea con una identificación única de cada libro de la persona jurídica.

¿Cuáles son los libros que le corresponde llevar a la Asociación Civil?

El Libro de Actas de Asamblea: se asienta lo que se discuta y resuelva en las distintas Asambleas.

El Libro de Actas de Comisión Directiva: se asienta lo que se resuelva en las sesiones de C.D, y de lo que allí se discuta y resuelva.

  • El Registro de Asociados: es donde se anotarán a cada uno de los socios, la categoría a la que pertenecen, la fechas de ingreso y egreso (altas y bajas), cuotas pagas, amonestaciones, suspensiones y cesantías, con una breve indicación de la causa que motivó la sanción.

  • Libro Diario: es un libro contable donde quedarán registrados todos los ingresos y egresos, y demás movimientos de fondos, indicando en cada caso el concepto de entrada y salida.

  • Libro de Inventario y Balance: es un libro contable en el que se incluirá la descripción exacta y completa del activo y pasivo de la entidad conforme a cada ejercicio social.

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